El comunicado de la AFA luego del debut de Spreen en Riestra
La casa madre del fútbol argentino investigará al club a través del Tribunal de Ética.
VÉLEZ empató 1-1 ante Deportivo Riestraen el Guillermo Laza y mantuvo la cima en soledad de laLiga Profesional.
Braian Romero -de penal- y Caro Torres convirtieron los goles del partido válido por la fecha 22 del certamen en un partido marcado por la polémica del debut de Spreen, un reconocido streamer que comenzó como titular y fue reemplazado al minuto por Gustavo Fernández.
Por pedido de la Dirección General de AFA, el Tribunal de Ética investigará a Riestra por la inclusión del jugador de 24 años que generó la indignación en futbolistas, entrenadores y hasta sospechas sobre las casas de apuestas.
El Tribunal ya abrió un expediente por advertir "conductas susceptibles de perjudicar la reputación e integridad del fútbol argentino particularmente cuando se trate de un comportamiento ilegal, inmoral, o carente de principios éticos", algo que fue comunicado a través del Boletín número 6587.
EL COMUNICADO DE AFA
La presentación realizada por la Dirección General de AFA en virtud de la inscripción, habilitación y participación del Sr. Iván Raúl Buhajeruk en el primer equipo del Club Deportivo Riestra.
CONSIDERANDO. Que es facultad del Tribunal de Ética realizar las investigaciones que correspondan en todas aquellas conductas susceptibles de perjudicar la reputación e integridad del fútbol argentino particularmente cuando se trate de un comportamiento ilegal, inmoral, o carente de principios éticos, que corresponda a lo estipulado en el Art. 2 del Código de Ética de la Asociación del Fútbol Argentino.
Que “prima facie” la inclusión del citado al primer equipo podría encuadrar en una o más de las acciones del Código de Ética aplicable y considerando la presentación realizada y las investigaciones preliminares realizadas.
SE RESULVE: Realizar apertura del expediente y solicitar la intervención del órgano de instrucción de este Tribunal a los efectos que corresponda.
QUÉ DICE EL ARTÍCULO 2 DEL TRIBUNAL DE ÉTICA DE AFA
El artículo 2 del Código de Ética dice para Intermediarios y otras partes relacionadas con estos: Persona física o jurídica que, a cambio de una remuneración o gratuitamente, actúa como representante de jugadores y clubes con miras a negociar un contrato de trabajo entre el club y jugador; o cerrar un acuerdo de transferencia entre dos clubes, prestando un servicio, asesoramiento o si se trata de colocación de empleo u otros.
El presente código se aplicará a jugadores, empleados; intermediarios; entidades legales; oficiales; oficiales de partido y otras personas y/o partes relacionados con estos que pertenezcan o se encuentren sujetos a la AFA y/o sus clubes afiliados directa o indirectamente.
FOTO DE PORTADA: BAIRES