Qué dice el fallo del tribunal de disciplina luego del clásico entre Nueva Chicago y Almirante Brown
La AFA confirmó este miércoles las sanciones luego del partido en Mataderos.

La Fragata pegó de entrada con los goles de Ramón González y Marcos Abreliano. En el complemento descontó Daniel Abello a favor del local, que sufrió el tanto agónico de Enzo Cardozo. La visita sufrió la expulsión de Gerardo Alegre cuando el clásico ya había culminado.
EL FALLO DEL TRIBUNAL
Este miércoles 13 de agosto a través del boletín 6740 el Tribunal de Disciplina suspendió a cinco jugadores y levantó la clausura de la cancha del Torito.
1º) Se suspende por cuatro partidos a los jugadores Juan Sebastián Mendoza y Sergio Fabián Ortiz, del Club Nueva Chicago; Patricio Martín Pizarro, del Club Almirante Brown. Art. 13 1. h) del Código Disciplinario.-
2º) Se suspende por tres partidos al jugador Mauro Gabriel Ortiz, del Club Nueva Chicago. Art. 13 1. h) del Código Disciplinario.-
3º) Se suspende por un partido al jugador Nelson Gerardo Alegre Rojas, del Club Almirante Brown. Art. 13 1. b) del Código Disciplinario.-
4º) Se suspende por un partido o se le multa en v.e. 21 ($388.500), al preparador físico Walter Aníbal Occhiatto, del Club Almirante Brown. Art. 13 1. c) del Código Disciplinario.-
5º) Se deja sin efecto la sanción impuesta por clausura de cancha al Club Nueva Chicago. Art. 12 3. del Código Disciplinario.-
6º) Se multa a los Clubes Nueva Chicago y Almirante Brown en v.e. 300, a cada uno. Arts. 5 y 7 del Código Disciplinario.-
EL FALLO DE QUILMES - ATLANTA DE LA SEMANA PASADA
1º) Se suspende por cuatro partidos al jugador Camilo Andrés Machado Machado, del Quilmes A.C. Art. 13 1. i) del Código Disciplinario.-
2º) Se suspende por cuatro partidos al jugador Caín Jair Fara, del Club Atlanta. Art. 13 1. i) del Código Disciplinario.-
3º) Se suspende por cuatro partidos al jugador Tomás Alejandro Rojas, del Club Atlanta. Art. 13 1. i) del Código Disciplinario.-
4º) Se da vista por el término de cinco días contados desde la fecha de esta resolución, a ambos clubes debiendo tomar conocimiento y contestar dentro de ese plazo. Art. 36 del Código Disciplinario.
FOTO DE PORTADA: ALMIRANTE BROWN





































