Conmebol Libertadores

LA CONMEBOL MULTÓ A MARCELO GALLARDO Y RIVER PLATE

El máximo rector del fútbol sudamericano publicó en su página oficial la sanción correspondiente para el club y el entrenador por la demora en salir para el segundo tiempo ante Atlético Mineiro en el partido de ida por Copa Libertadores.

Por Redacción EG ·

02 de septiembre de 2021

La Conmebol dio a conocer la sanción que le corresponde tanto a River Plate como a Marcelo Gallardo por la demora en salir a jugar el segundo tiempo ante Atlético Mineiro en el estadio Monumental.
El entrenador fue multado por US$50 mil, mientras que el club de Núñez deberá pagar US$20 mil por no cumplir con el reglamento de la Copa Libertadores.
A su vez Marcelo Gallardo fue advertido en caso de reincidencia. Ambos tienen derecho a apelar la medida.

La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE

1º. IMPONER al señor MARCELO GALLARDO, una multa de USD 50.000 (CINCUENTA MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES)
por la infracción al artículo 5.1.12.6 numeral 2) del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2021. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a
recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión
o Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.12.6 numeral 2)
del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2021. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a
recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión
o Patrocinio.

3º. IMPONER una ADVERTENCIA al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE por la infracción al artículo 5.3.1
literal a) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2021.

4º. ADVERTIR expresamente al señor MARCELO GALLARDO y al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE que
en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza
a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

5º. NOTIFICAR al señor MARCELO GALLARDO y al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE.
Contra el primer y segundo punto de esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos
de esta decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL.

El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código
Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser
abonada mediante transferencia bancaria.